Ley contra la Violencia de Género de la Junta de Andalucía
Ley 7/2018, de 30 de julio
Se trata de una Ley contra la violencia de género cargada de ideología de izquierdas radical y no tan radical. Sus objetivos coinciden con los que estableció durante su gobierno la ya disuelta Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas (URSS). Es importante que esto se sepa, porque hay mucha gente de buena voluntad que se adhiere al feminismo sin darse cuenta de su ideología de fondo. Como indico en otro artículo, esos objetivos fracasaron en la citada URSS y dejaron muy malas consecuencias en los niños y la juventud, además de otras también negativas, como denunció M. Gorbachov, último Primer Ministro de la URSS, en su libro LA PERESTRIKA.
De una atenta lectura de esta Ley andaluza sequé alguna impresiones que recojo aquí:
1-Estilo lingüístico: No sé si las leyes necesitan ser redactadas con tanta exuberancia de palabras y frases que se repiten en esta ley. Tiene un lenguaje muy repetitivo. La expresión “violencia de género” se repite constantemente en el texto, lo mismo que otros contenidos, como si quienes la redactaron se regocijaran en esa expresión. Da la impresión de que la Ley quiere convencer a base de recalcar una y otra vez la misma idea. Por ejemplo, trata de definir lo que es violencia de género en varias ocasiones y cada vez de manera distinta, aunque apunte al mismo contenido. Parece que esta Ley fue redactada con cierta precipitación. Echo de menos rigor y precisión en el lenguaje.
2-Objetivos de esta Ley: De entrada, su objetivo es corregir y ampliar la anterior Ley 13/2007, de 26 de noviembre. Por eso, este objetivo está motivado por tres razones principales:
a-Reconoce la insuficiencia de la ley anterior (“Exposición de motivos”, párrafo 1º).
b-Reconoce la “persistencia” de la «violencia machista», a pesar de la Ley ya vigente.
c-Alude a los “avances democráticos” del movimiento feminista global y cita la Conferencia de Pekín de 1995 (Línea comunista del feminismo).
Por esas razones, esta Ley quiere redefinir la violencia de género, ampliando sus contenidos y los medios institucionales para corregirla así como los medios educativos y económicos. Con esa finalidad crea todo un organigrama de actuación que implica a toda la Junta de Andalucía. Desarrolla toda una nueva nomenclatura al servicio del feminismo y de su ideología.
3- Sobre el contenido: Entiendo que el punto fuerte del contenido es la redefinición que hace de la “violencia de género”: Parece que la quiere hacer en el primero párrafo citado, pero en realidad no hace tal definición. El rigor del lenguaje es muy deficiente como ya apunté antes. (Párrafo 1º de la Exposición de Motivos)
3-1 En el párrafo 2º de la Exposición de Motivos se dice que la mujer tiene derecho a una “protección integral contra la violencia de género, que incluirá medidas preventivas, medidas asistenciales y ayudas públicas”. Esto es parte de la definición que quiere dar.
3-2 En el párrafo 9º habla del “tejido asociativo de mujeres y del Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres”. Este es un dato importante para entender mejor al montaje que el feminismo tiene en Andalucía. Esas asociaciones y ese Consejo son los principales destinatarios de los medios económicos destinados a la aplicación de esta Ley. Así se forman los nuevos negocios a costa de la “mujer maltratada”, algo parecido al negocio de los ERES con el dinero destinado a los obreros y parados andaluces.
3-3 En el párrafo 11º se dice que “la principal novedad (de esta nueva Ley) es la ampliación del concepto de <víctima de violencia de género>”. Ese concepto se aplica, no sólo a la víctima y los menores dependientes de ella, sino también a “las personas mayores, a las personas con discapacidad o en situación de dependencia, que estén sujetas a la tutela, guarda o custodia de la mujer víctima de la violencia de género, que convivan en el entorno violento, así como a las madres cuyos hijos e hijas hayan sido asesinados como forma de “violencia vicaria”.
3-4 En el párrafo 12º, se especifican cuatro formas de violencia: violencia física, violencia psicológica, violencia económica y violencia sexual. En este párrafo hace una descripción de lo que se contiene en el concepto feminista de violencia de género. Ésta no solo se aplica en los casos de violencia en el ámbito de la pareja o expareja, sino que se aplica también en los casos que se recogen en el siguiente texto:
Feminicidio, agresiones y abusos sexuales, el acoso sexual, el acoso por razón de sexo, violencia contra los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, la trata de mujeres y niñas, la explotación sexual, la mutilación sexual femenina, el matrimonio precoz o forzado, las violencias originadas por la aplicación de tradiciones culturales, la violencia derivada de conflictos armados, la ciberviolencia o cualquier otra forma que lesione la dignidad, la integridad o la libertad de las víctimas”.
Este texto es una muestra de la redundancia de conceptos, la falta de rigor lingüístico o incapacidad de síntesis. Lo que se suele llamar “verborrea”.
En la expresión “mutilación sexual femenina”, si se refiere a ciertas tradiciones, principalmente de África, hay que tener en cuenta que esa mutilación es obra de mujeres, incluso de las madres, no del “macho”. Es una costumbre que se da en algunas tribus, incluidas tradiciones matrilineales. En estos casos la mayor dificultad para exterminar esa costumbre no está en el “macho”, sino en las mujeres mismas y en ciertas creencias sobre la vida muy arraigadas, que forman parte de su “visión del mundo”. Por eso, no bastan las leyes para desarraigarlas. Es necesario todo un paciente proceso de educación. En esos entornos culturales, por tanto, una Ley feminista del estilo de la andaluza sirve de muy poco.
Al hablar de las “violencias originadas por la aplicación de tradiciones culturales” hay que cuidarse mucho de no caer en un nuevo colonialismo. Ese nuevo colonialismo va parejo al mesianismo de este feminismo radical. Ese espíritu colonialista ya quedó en evidencia con las contestaciones recibidas de mujeres africanas cultas y también de mujeres musulmanas. http://¿Violencia de género?
3-5 En el párrafo 14 habla de “eliminación de estereotipos de género y micromachismos”. Cuando pregunto cuáles son esos micromachismos escucho casos verdaderamente ridículos. Hasta un piropo a una chica por la calle se puede considerar como un micromachismo. Un guiñarle el ojo ya es un micromachismo.
3-6 El matiz que más define la violencia de género contra la mujer según esta ley es el hecho de que esté motivada por ser mujer. Lo repite en varios artículos. Y este es un punto que analizo en otro artículo.http://¿Violencia de género?
La definición menos embarragosa es la que se da en el Art. Cuatro. Dice así:
“A los efectos de la presente Ley se entiende por violencia de género aquella que, como consecuencia de una cultura machista y como manifestación de la discriminación, la situación de la desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por el hecho de serlo y que se extiende como forma de violencia vicaria a las víctimas que se contemplan en la presente ley”
Para entender mejor el sentido de esta definición hay que tener en cuenta el nuevo concepto de “mujer” que se maneja en esta Ley. En el Art. Dos se describe un concepto de “mujer” que hace más confuso el concepto de violencia de género. “Mujer” no es sólo la mujer maltratada. También son “mujer” sus “hijas e hijos”, lo son “las personas menores de edad, las personas mayores, las personas discapacitadas o en situación de dependencia, que estén sujetas a la tutela o guarda y custodia” de la mujer maltratada. En estos casos no importa el genero que tengan. También lo son las madres con hijos e hijas que hayan sido asesinados.
Pongamos un caso: Si un joven mata a otro por líos de droga, según esta definición de “mujer” se comete un delito de violencia de género contra la madre del asesinado. ¿Verdaderamente se trata de una violencia de género contra la madre “por ser mujer”, cuando probablemente la madre no haya tenido nada que ver en la motivación del asesinato? No creo que el asesino haya matado al otro por el hecho de que su madre sea una mujer. Y, si una chica mata a otra por celos o por lo que sea, ¿se comete violencia de género contra la madre de la víctima “por ser mujer”? Incluso cabe preguntar: ¿La asesina comete realmente violencia de género? ¿O es que cambia el feminicidio según lo cometa un varón o una mujer? Como éstos se podrían poner muchos otros casos.
3-7 En el Art. Uno se define el objeto de la ley. Dice que la violencia machista es consecuencia de la “cultura machista”. En muchos de los comentarios que las feministas hacen en los medios de comunicación, éstas consideran machista la cultura patriarcal de la tradición bíblica, que domina la mente del hombre occidental. Pero en su concepto machista de la violencia habría que meter todas las demás culturas patriarcales y patrilineales, que son la gran mayoría. En estas culturas ser asignan a las mujeres unas funciones sociales determinadas, evidentemente por ser mujeres. De la misma manera que se asignan otras a los varones, también por el hecho de ser varones.
En la historia de la humanidad, varones y mujeres siempre se repartieron las funciones sociales y los trabajos en la familia, en el pueblo y en la sociedad en general. Juzgar y condenar esas costumbres desde nuestra perspectiva actual refleja un etnocentrismo, que es tan antiguo como esas mismas costumbres.
No sé cómo valoran nuestras feministas las culturas matrilineales y matriarcales en las que la relación de poder está a favor de las mujeres. Y no digamos en las culturas en las que se da la poliandria, con un claro predominio de la mujer en la vida de la familia y de la sociedad. En cualquier caso, son formas de sociedad tan respetables como la nuestra. http://FEMINISMO OCCIDENTAL Y FEMINISMO NEGROAFRICANO
Según el criterio feminista de «machismo«, todas las grandes religiones actuales son machistas por el simple hecho de que sus jerarquías son varones. Son machistas todas la corrientes del cristianismo, lo son todas las musulmanas, lo es el hinduismo y también el budismo, y, por supuesto, lo son muchas otras religiones de menos entidad demográfica.
3-8 Da la impresión de que las feministas comunistas se consideran en la posesión de la Verdad sobre lo que es ser mujer y cuáles deben ser sus funciones familiares y sociales. Pretenden que su ideología tenga un valor universal, como si fuera la nueva religión verdadera de la humanidad. Estas pretensiones están en línea con el universalismo comunista tan fomentado principalmente por la Unión Soviética. Un universalismo que se fomentó con revoluciones violentas y que causó millones de muertos; un universalismo que no se autoconsidera como colonialismo sino como un derecho de esa ideología, igual que si se tratara una nueva religión verdadera.
3-9 La autosuficiencia feminista. En una de las manifestaciones del último 8 de marzo (2019) una de las feministas que iba en cabeza protestaba ante la cámara de televisión por la asistencia de varones en la manifestación, diciendo que las mujeres se bastan a sí mismas. Por otra parte, se explotó mucho el eslogan de «Sin las mujeres el mundo se pararía», como si no se para también sin los varones. Hasta ahí llega la autosuficiencia que fomentan las feministas radicales. Esa autosuficiencia llevada a la vida familiar lo que fomenta son las desavenencias internas entre marido y mujer, entre hijas y padres, entre hermanas y hermanos.
Como ya indiqué en otro artículo, no sería un error jurídico pensar que esa autosuficiencia y sus consecuencias en la vida de familia y entre toda clase de parejas sea una de las causas que explique el aumento de feminicidios que se está registrando en estos últimos tiempos a pesar de las leyes contra la violencia de género.
La autosuficiencia y la agresividad de este feminismo contra todo lo que no esté de acuerdo con su visión de la mujer y del “macho” sólo se explica cuando se está poseído por una auténtica borrachera ideológica y espíritu dictatorial. Esa borrachera colorea toda esta ley andaluza de la violencia contra la mujer.
3-10 La lucha contra la violencia contra la mujer. Sin duda, hay muchos hechos de esa violencia que hay que denunciar y castigar. Sin duda que la ley está cargada de buenas intenciones. Pero, cuando esas buenas intenciones rezuman odio y menosprecio hacia el varón, dejan de ser tan buenas y defendibles.
La lucha contra esa violencia quedaría mucho más libre de olor ideológico y la ley sería más justa e imparcial, si se limpiara un poco su lenguaje agresivo y se enmarcara en lo que el Consejo Europeo que se cita llama “violencia doméstica”, y el resto de asesinatos y violencias contra la mujer se encuadren en los ya establecidos delitos legales para toda clase de homicidios y violencias contra otro, sea del género que sea.
Esa lucha no tiene que ser patrimonio de ninguna ideología política ni de partido alguno, como pretenden los partidos de izquierda. Es una lucha que nos compete a todos, sin distinción de afinidades políticas de ningún género. Es simplemente una obligación de una sociedad que quiera ser civilizada y sinceramente democrática. Querer acaparar esa lucha deja muchas dudas sobre la limpieza de intenciones de quienes lo pretenden.
Las izquierdas se quieren apropiar de esa causa, de su lenguaje, de sus leyes y de todas las implicaciones económicas que se ponen en juego.
13-11 Con la Ley andaluza, las feministas contradicen su propio igualitarismo, que, por otra parte, defienden con tanto fervor. Según esta Ley andaluza, las mujeres feministas ya no son iguales al varón, sino que son superiores. Por eso,»si las mujeres se paran, el mundo se para». Y la ideología de izquierdas es moralmente muy superior a la que ellas llaman de derechas. Incluso son moralmente superiores a la moral de todas las grandes religiones actuales. ¡Es una pena que no hayan aparecido hace dos mil años!
Deberían sopesar por qué tantas mujeres rechazan su feminismo ideológico y sus medidas contra la violencia de género. Algo tienen que no convence. La causa de la mujer se puede defender sin fomentar el odio y el despreci0 hacia el varón, sin fomentar una autosuficiencia que puede provocar violencia en las familias, sin la agresividad del puño alzado, sin el ridículo de un concepto de «mujer» como el que se da en esta Ley, sin tener que degradar el varón a la condición de un simple «macho».
Entiendo que son muchas más las mujeres moderadas que no necesitan del redentorismo de la feministas radicales y que saben luchar por sus derechos por medios menos ideologizados.
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